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martes, 25 de enero de 2011

EL SOFISMA DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES

Dentro de la grave crisis económica que padecemos ocupa el primer plano de la actualidad el debate sobre la llamada “Reforma de las Pensiones de Jubilación” afirmando todos los líderes políticos que es imprescindible una reforma del sistema para garantizarlas en el futuro, constituyendo tal afirmación un sofisticado sofisma entendiendo por tal la definición estricta que, de sofisma, ofrece el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española: “Razón o argumento aparente con que se quiere defender o persuadir lo que es falso.

Cuando nuestros “geniales” políticos (sea dicho con todo el sarcasmo del mundo), hablan con cierta pompa de garantizar las pensiones futuras, realmente están hablando simplemente de garantizar las pensiones presentes y las que, de forma inmediata se vayan generando en los próximos diez o quince años pues resulta claramente manifiesto que el sistema público de pensiones no podrá garantizarse en ningún caso más de cuarenta años.

Dentro de esta “reforma de las pensiones” se habla de aumentar la edad de jubilación hasta los sesenta y siete años y de aumentar el cómputo de años trabajados para tener derecho a cobrar la pensión máxima hasta una horquilla que se encontraría entre los treinta y siete años de cotización y los cuarenta y uno. Con la primera medida el estado conseguiría teóricamente que cada trabajador cotizase dos años más y, ciertamente, que cobrará la pensión de jubilación durante dos años menos mientras que con la segunda medida resultaría que mucha menos gente tendría derecho a cobrar la pensión máxima de jubilación existiendo una disminución generalizada en las cuantías de dichas pensiones, pues la realidad del mercado laboral español indica que los jóvenes españoles empiezan a trabajar muy tarde (sobre los treinta años edad) existiendo durante toda su vida laboral periodos de no cotización, bien por ser víctimas del paro de larga duración exento de protección y de cotización, bien por tener que suspender su actividad laboral para dedicarse al cuidado de la familia, como es el caso de muchas mujeres; o, simplemente por tener que sobrevivir en la “economía sumergida”.


Por otro lado también se está planteando la posibilidad de que los ciudadanos incrementen la cuantía de la pensión pública de jubilación mediante la contratación de planes privados de pensiones, lo cual plantea el problema de que, considerando los salarios medios existentes en nuestro país, muy poca gente podrá completar dignamente las pensiones públicas con la contratación de dichos planes ya que los mismos generarán un nuevo gasto fijo y periódico, como si fuera un consumo más, que no todas las familias están en condiciones de afrontar.


El problema real que afecta al sistema público de pensiones y que, a la larga, lo hace insostenible no se encuentra, como durante años nos han pretendido hacer creer, en la llamada “inversión de la pirámide demográfica” sino en la “inversión de la pirámide de cotizantes”. La “inversión de la pirámide demográfica” constituye un problema coyuntural al que se podría hacer frente, bien mediante “la importación de habitantes” o, bien mediante el desplazamiento puntual de medios económicos de determinados departamentos ministeriales hacia la financiación del Sistema Público de Pensiones al no ser una situación de duración indefinida porque, si bien es cierto, que la falta de relevo generacional provocaría que durante unos años existiera mayor numero de pensionistas que cotizantes, con el paso del tiempo el número de pensionistas se iría reduciendo al incorporarse al sistema público de pensiones generaciones menos numerosas y al salir del mismo, por la inexorable ley biológica, las generaciones más numerosas. No obstante, la “inversión de la pirámide de cotizantes” constituye el grave, verdadero y único problema del sistema público de pensiones pues dicha inversión, que implica que cada vez existen menos cotizantes y que los periodos de cotización sean menores, es una situación infinita en el tiempo forzada por un mercado laboral y por una economía poco o nada productiva que de forma progresiva requiere de menos mano de obra. En definitiva, el problema fundamental que amenaza con acabar con el Sistema Público de Pensiones español se encuentra en el modelo económico basado en el turismo, en la especulación y en el sector servicios por el que la casta política española optó decididamente a mediados de los años ochenta del siglo pasado para conseguir, entre otras cosas, nuestra incorporación a la entonces Comunidad Económica Europea.

Así pues, la finalidad de la llamada “Reforma de las Pensiones” será prolongar la agónica existencia del sistema público de pensiones unas décadas más mediante la pérdida del poder adquisitivo de los futuros pensionistas no garantizando el mencionado sistema “in aeternum” y sacrificando una vez más a las generaciones de españoles nacidas a partir de la década de los sesenta del Siglo XX, las cuales padecerán en su vejez de un nivel de vida y de una protección social menor que la que disfrutaron sus padres y abuelos.


martes, 18 de enero de 2011

LEGISLACIÓN ANTITABACO: ¿LEGISLACIÓN AL ABSURDO?


Pasados algo más de quince días desde que entrará en vigor la última ley antitabaco que prohíbe fumar en locales públicos tales como bares y cafeterías además de en lugares aledaños a colegios, hospitales y parques infantiles puede hacerse ya una valoración de la efectividad y consecuencias de esta norma cuyo objetivo real puede ir más allá de lo que públicamente pretende.


El objetivo de esta ley antitabaco, públicamente reconocido por el legislador, es favorecer que los ciudadanos adictos al tabaco dejen de serlo y que los trabajadores de bares, discotecas y demás centros cerrados de ocio y diversión disfruten de un ambiente laboral saludable libres de humos insalubres. No obstante la propia ley prevé algunas excepciones al consumo de tabaco en lugares cerrados como son los centros penitenciarios y las residencias de la tercera edad, así pues nos encontramos, en principio; ante una norma ilógica cuando no claramente discriminatoria porque no reconoce los derechos a un ambiente laboral libre de humos ni a los trabajadores geriátricos ni a los funcionarios de prisiones, los cuales parece ser que, en virtud de no sé que principio intangible, tienen pulmones menos sensibles al humo que los trabajadores de hostelería.


Por otro lado, la justificación de esta ley en el pretendido objetivo de “desenganchar” a la población fumadora de una adicción que durante décadas ha sido favorecida por todos los gobiernos que no han dudado en beneficiarse con los impuestos que gravan el tabaco resulta más que dudosa, porque se podrían haber tomado otras medidas no prohibitivas y más eficaces como la instauración de la “cajetilla de precio único” consistente en incrementar linealmente en varios euros el precio de todas las cajetillas de tabaco poniendo el mismo precio a todas así como limitar la venta de tabaco exclusivamente a los estancos porque el simple hecho de tener una máquina expendedora de tabaco en un local, en el que además esta prohibido fumar, constituye por sí mismo un acto de publicidad, máxime cuando a dichos locales no se prohíbe la entrada a menores de edad, siendo común ver a niños de corta edad acompañar a sus padres a “tomar el aperitivo” los Domingos al mediodía.


Es de señalar que medidas radicales como las que algunos indican consistentes en que no se venda tabaco serían gravemente contraproducentes porque conllevarían la aparición del tráfico ilícito y, lo que es peor, la extensión y el reforzamiento del crimen organizado tal y como ocurrió en los Estados Unidos con la “Ley Seca”.


Visto ya que la “Ley Antitabaco” presenta pocos y dudosos beneficios toca ahora estudiar si genera algún perjuicio.


En primer lugar, no es necesario escuchar a los representantes del sector hostelero que afirman que han descendido sus ingresos en importantes porcentajes porque basta con pasearse por algunas calles de Madrid para darse cuenta que los bares y cafeterías presentan menos público que hace tan solo un mes. Así mismo muchos locales han tenido que hacer inversiones en comprar mantas y calefacciones para acondicionar unas terrazas en las que sus parroquianos fumadores puedan sentarse en pleno invierno.


Curiosamente, el hecho de que al ciudadano fumador se le obligue a sentarse en una terraza para poder fumar conlleva como consecuencia que sus consumiciones se verán incrementadas en el precio por el “servicio de terraza” con lo que consumirá menos y que el hostelero de turno tendrá que acondicionar dichas terrazas con calentadores de gas o eléctricos nada más ni nada menos que para calentar las calles en pleno invierno (¡!) lo que supone un incremento general del consumo de energía propiciado por una legislación dictada por un estado que se gasta millones de euros en propaganda institucional para decirnos que no hay que sobreexplotar el planeta, que hay que reciclar y que hay que usar racionalmente la energía no excediendo, por ejemplo, en veintiún grados la temperatura de nuestras casas. Así pues, si el pretender innecesariamente calentar la calle en pleno invierno cuando se registran temperaturas ínfimas o, incluso, bajo cero no constituye un consumo irracional de energía en un país que además tiene déficit energético, ¡¡¡Que venga Dios y lo vea!!! Porque tal cosa es equivalente a poner la calefacción en nuestras casas manteniendo las ventanas abiertas.


Eso sí, esta “Ley antitabaco” será beneficiosa para las arcas públicas municipales que verán como se incrementan sus ingresos al cobrar el pertinente impuesto de uso de terrenos de dominio público al extenderse el periodo de las terrazas a todo el año y no solo a los cuatro meses de verano como hasta ahora se venía haciendo e igualmente serán beneficiosa para las grandes compañías del sector energético que verán como se incrementa el consumo de energía, no solo facturando por ello, sino también justificando el incremento del precio de la electricidad y el gas.


En definitiva, la llamada “Ley Antitabaco” es una legislación que obliga a situaciones absurdas, discriminatorias y, sobretodo, gravemente perjudiciales para el medio ambiente y para la economía general así como para la particular por lo que debería derogarse de forma inmediata y sin paliativos. No obstante si consideramos que el verdadero objeto de esta ley es conseguir distraer al ciudadano para que hable y discuta sobre los beneficios o perjuicios del tabaco en vez de que se organice y hable de la crisis económica, de la supresión de la ayuda familiar a los parados y de la generalizada pérdida de derechos sociales que viene padeciendo, no podemos negar que esta norma no solo es oportuna sino también muy eficaz siendo muy lamentablemente significativo que el ciudadano español esté presto a la desobediencia civil por esta absurda ley y no a movilizarse ni contra la reducción de los salarios ni contra la reforma de las pensiones.



martes, 11 de enero de 2011

“EL CEMENTERIO DE PRAGA” de Umberto Eco

“El Cementerio de Praga” es el título de la última novela escrita por el autor italiano Umberto Eco, la cual, a pesar de ser muy esperada, no deja de ser poco original y bastante decepcionante.

Desde que escribiera “El Nombre de la Rosa”, Umberto Eco parece haber encontrado en el misterio histórico un filón para su producción literaria que fue continuada por “El Péndulo de Foucault”, novela en la que, curiosamente, viene a criticar la literatura que tiene por objeto el esoterismo y la teoría de la conspiración afirmando que la misma existe por constituir un importante negocio editorial.


Es dentro de ese “gran negocio editorial” en la que se ha de encuadrar “El Cementerio de Praga”, novela que narra la historia de un tunante y falsificador, el capitán Simonini, que obsesionado por los judíos y reclutado por diversos servicios secretos europeos termina redactando, a base de plagios, invenciones y falsedades, lo que serán “Los Protocolos de los Sabios de Sión”.


Aunque “El Cementerio de Praga” es una novela entretenida no deja de basarse en una temática ya muy manida y muy explotada, desde que, entre los años 1797 y 1799, el Abate Baurrel publicara su conocida y documentada “Memoria para Servir a la Historia del Jacobinismo” en la cual se defiende la existencia de una conspiración masónica para acabar con la monarquía y con la Iglesia Católica. Con el tiempo, a la teoría conspirativa del Abate Baurrel que implicaba solamente a las sociedades secretas (principalmente a los Iluminados de Baviera y a la Masonería) se le fueron añadiendo otros protagonistas como los judíos o los bolcheviques dando origen al conocido “Complot Judeo-Masónico-Comunista” tan utilizado en la propaganda política de la primera mitad del Siglo XX y cuya gestación constituye el argumento principal de esta novela de Umberto Eco.

Realmente “El Cementerio de Praga” de Umberto Eco constituye una enciclopedia novelada de hechos y personajes históricos que con sus trabajos literarios y periodísticos colaboraron en la creación o en la difusión de la obra cumbre del antisemitismo: “Los Protocolos de los Sabios de Sión”. Así, el protagonista de la novela; el ficticio capitán Simonini, se relaciona a lo largo de la misma con Léo Táxil, el Doctor Bataille, Hermann Goedesche o Eduard Drumont con los que colabora para la creación de un informe definitivo que probará la existencia de la conspiración judía y que realmente no es más que una invención en la que se plagia pasajes de “Joseph Balsamo” de Dumas, de “El Misterio de las Personas” de Eugenio Sue y, sobre todo, de el “Diálogo en los Infiernos entre Maquiavelo y Montesquieu” de Maurice Joly.

“El Cementerio de Praga” recrea la sociedad europea de mediados del Siglo XIX con sus inquietudes políticas, sociales y su gusto incipiente por las ciencias ocultas y esotéricas, debiendo Umberto Eco mucho, tal vez demasiado, a autores anteriores.

Tal vez el mayor logro literario de “El Cementerio de Praga” consiste en cierta posible provocación al lector por parte de su autor, porque si en 1921 el diario “Times” puso de manifiesto la falsedad de “Los Protocolos de los Sabios de Sión” al mostrar las coincidencias de estos con “El Diálogo en los Infiernos entre Maquiavelo y Montesquieu” de Maurice Joly; tal vez Umberto Eco ha buscado que sus lectores busquen y descubran las coincidencias existentes entre la misa negra a la que asiste el protagonista, el capitán Simonini, con la misa negra descrita por Karl Joris Huysmans en su novela “Allá Lejos”.


“El Cementerio de Praga” de Umberto Eco en definitiva no es más que una novela entretenida muy apropiada para lectores de perfil medio-bajo que deseen espantar el tedio durante el trayecto de un viaje no justificando en modo alguno las grandes expectativas con las que se esperaba esta novela del autor italiano.

martes, 4 de enero de 2011

EL RETORNO DE LAS DESAMORTIZACIONES

Resulta ya evidente y no es posible ocultar que la crisis económica mundial ya ha alcanzado en pleno a España, la cual se encuentra totalmente endeudada y con dificultades cada vez mayores para colocar títulos de deuda pública en los mercados internacionales que la permitan adquirir una liquidez con la que poder hacer frente a los pagos inmediatos.


Si estuviéramos hablando de una empresa privada tendríamos que decir que la economía española se encuentra al borde de la suspensión de pagos, que siempre suele preceder a una quiebra aunque se diferencia de esta en que, en la Suspensión de Pagos, el deudor (en este caso el estado y las instituciones públicas) tiene suficientes activos para hacer frente a sus deudas pero carece de dinero en efectivo para pagarlas.


Esta grave situación no es nueva en nuestro país porque ya se dio a comienzos del Siglo XIX a causa de la guerra contra Napoleón que engendró un enorme endeudamiento además de provocar la destrucción de las infraestructuras económicas del país. Para hacer frente a aquella situación los políticos decimonónicos acudieron a una rápida solución, más aparente que real, y que históricamente se conoce como “las Desamortizaciones”, las cuales se prolongaron desde 1836 hasta 1924, fecha esta en que las Leyes Desamortizadoras fueron derogadas por la promulgación del “Estatuto Municipal”.


El proceso desamortizador del Siglo XIX respondió al principio básico de “sacar de donde se pueda” para lo cual se expropiaron bienes eclesiásticos, pero también bienes propiedad de las corporaciones gremiales y, sobre todo, bienes “del común” propiedad de los municipios para ponerlos a la venta e ingresar lo que por ellos se obtuviera en el erario público consiguiendo así una inmediata liquidez económica. No obstante el resultado de estas “Desamortizaciones” fue dudoso porque la venta de Iglesias, Abadías y Monasterios se hacía, tras la exclaustración forzosa de los monjes, con todo lo que había en su interior lo que provocó la pérdida de innumerables obras de arte y de objetos culturales además de suponer una proletarización de los sacerdotes exclaustrados. Por su parte, la “desamortización” de los bienes gremiales originó que estos perdieran el grueso de las rentas con las que satisfacían ciertas prestaciones sociales a sus agremiados mientras que la “desamortización” de las tierras comunales (bienes “del común”) provocó el empobrecimiento de las corporaciones municipales que perdían las rentas que estas tierras pudieran generarles y sobre todo el empobrecimiento de los ciudadanos de esos municipios que utilizaban libremente las tierras comunales para recoger leña para el invierno o, simplemente, para que pastaran sus cabezas de ganado (1).


La hacienda pública, para cuyo saneamiento se había acudido a las “Desamortizaciones” no obtuvo la liquidez deseada en primer lugar porque la puesta en venta, mediante subasta pública, de gran cantidad de bienes inmuebles provocó la bajada de los precios de los mismos y en segundo lugar, porque el estado permitió el pago de esos bienes mediante la entrega de los “títulos de deuda pública” previamente emitidos, lo que no generaba ingreso de dinero alguno.


Aunque es cierto que mediante las “Desamortizaciones” se obtuvo algún dinero que permitió salir de la situación de “Suspensión de Pagos” en la que se encontraba la economía española en aquel momento, no es menos cierto que los beneficios económicos para el Tesoro Público fueron dudosos y temporales mientras que, socialmente, el proceso desamortizador supuso la apertura de un abismo insalvable entre los que “lo tenían todo o podían tenerlo” y los que “nada tenían ni podían tenerlo” al empobrecer y proletarizar a una enorme masa de ciudadanos y enriquecer desmesuradamente a una minoría integrada incluso por ciudadanos extranjeros principalmente británicos que se convertirían en grandes propietarios de tierras y en dueños de no pocas infraestructuras mineras y ferroviarias.


Este discurso sobre las “Desamortizaciones” del Siglo XIX viene a cuento no solo ante lo manifestado por la Presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid, doña Esperanza Aguirre, quién textualmente ha dicho que el Ayuntamiento de Madrid debería “desamortizar” bienes inmuebles para aliviar la enorme deuda del Consistorio, sino sobre todo porque, ante la gravísima situación económica general, veremos como el Estado y demás instituciones periféricas venden activos públicos o se inventan “concesiones” de servicios públicos a empresas privadas, para pagar la deuda y hacer frente a los más elementales gastos corrientes.


No obstante, la venta de activos públicos, si bien es cierto que momentáneamente puede sacar de un atolladero económico a quien está endeudado, no es menos cierto que termina por generar una progresiva pérdida de rentabilidad que a la vez genera un progresivo empobrecimiento. Así, por ejemplo la venta de Mercamadrid propuesta por el Ayuntamiento de Madrid para sanear sus cuentas tendrá como efecto inmediato la entrada en caja de una importante cantidad de dinero, pero a medio y largo plazo provocará la pérdida de una rentabilidad que era continua y prácticamente infinita en el tiempo y, siguiendo el mismo camino, la venta de inmuebles propiedad de las instituciones públicas ciertamente implicará la entrada inmediata de dinero líquido en caja, pero a medio o largo plazo provocará un gasto infinitamente continuo en el tiempo en concepto de arrendamientos.


Así pues, no podemos basar la salida de la actual crisis en la venta de activos o privatización de servicios que es lo que pretenderá hacer la casta política imperante en España. La salida de la crisis, sin duda supondrá sacrificios, pero ha de basarse en la sustitución del modelo económico especulativo que ha sido fomentado desde el poder por un modelo económico productivo que, a la vez que potencie el comercio, genere un sólido tejido industrial capaz de producir bienes manufacturados competitivos para su venta en todos los mercados.


Por otra parte si, como se ha dicho al principio, la “suspensión de pagos” suele preceder a la quiebra es necesario aplicar a los gestores de la “Res Pública”, es decir a los políticos que han generado por imprudencia o negligencia esta dramática situación económica las mismas medidas que se toman contra los quebrados en el derecho mercantil, es decir, que jamás vuelvan a tener la posibilidad de gestionar ni al estado ni al más pequeño de los negocios y que respondan de la mala gestión económica con todos sus bienes presentes y futuros.


Lecturas relacionadas: La Responsabilidad Patrimonial de los Partidos Políticos



(1) Es de indicar que de los bienes desamortizados en el Siglo XIX el 30 por ciento eran propiedad de la Iglesia, el 20 por cierto de las Corporaciones Gremiales y de Beneficencia y el 50 por ciento de los Municipios. Asimismo, como curiosidad tenemos que recordar que el Pinar de Valsaín situado en Segovia es actualmente un bien comunal que es gestionado por el Centro de Montes y Aserradero de Valsaín quien explota racionalmente los recursos forestales produciendo madera de calidad para la construcción de muebles y que los ciudadanos del pueblo de Artajona (Navarra), todos ellos combatientes carlistas en la última guerra civil, recompraron en lo años cuarenta del Siglo XX las tierras comunales de este municipio que le fueron arrebatadas por las desamortizaciones del Siglo XIX constituyendo estos dos ejemplos modelos de gestión y riqueza de la propiedad comunal municipal.


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